Las Subastas de Energías Renovables en España: Análisis del Régimen REER
Un análisis técnico y riguroso sobre el funcionamiento del Régimen Económico de Energías Renovables (REER) tras el RD 960/2020, examinando los resultados de las subastas históricas y las dinámicas de
Por Equipo Utilify · mercados · 8 min de lectura
El Marco Regulatorio: El Real Decreto 960/2020 y el REER
El sistema eléctrico español ha experimentado una transformación profunda en su modelo de apoyo a las energías renovables. Con la publicación del Real Decreto 960/2020, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) estableció el nuevo Régimen Económico de Energías Renovables (REER). Este marco se aleja del antiguo sistema de primas o retribuciones específicas, basándose en la adjudicación de un precio fijo por la energía mediante procesos de concurrencia competitiva.
El REER opera bajo un esquema de contratos por diferencias (CfDs) a largo plazo. Los generadores adjudicatarios venden su producción en el mercado mayorista y reciben (o pagan, en escenarios de precios elevados) la diferencia respecto al precio de adjudicación en la subasta. Este mecanismo proporciona una cobertura frente a la volatilidad de precios para los productores y, simultáneamente, estabiliza los costes para los consumidores finales, evitando que las renovables se vean expuestas únicamente a los riesgos del mercado spot.
El Mecanismo de Subastas: ¿Por qué Pay-as-Bid?
Las subastas bajo el RD 960/2020 utilizan un modelo de subasta discriminatoria o 'pay-as-bid'. A diferencia del mercado marginalista donde todos los participantes reciben el precio de la oferta más cara que entra en el sistema, en las subastas pay-as-bid, cada adjudicatario recibe el precio que él mismo ha ofertado.
Para el consumidor, este diseño busca maximizar la eficiencia en la formación de precios. En teoría, los licitadores se ven obligados a presentar ofertas que reflejen sus costes reales y sus expectativas de rentabilidad a largo plazo, reduciendo el riesgo de 'sobreprecio'. No obstante, el sistema implica un riesgo de ejecución para el promotor: si la oferta es demasiado baja para ser competitiva, el proyecto puede no ser financieramente viable; si es demasiado alta, la oferta puede quedar excluida al no resultar ganadora.
Evolución de las Subastas: Resultados y Análisis
Desde la implementación del REER, se han celebrado diversas convocatorias con resultados dispares que reflejan la evolución de la coyuntura macroeconómica y energética.
Tabla 1: Resumen de resultados de subastas REER
| Fecha | Tecnología | Potencia Adjudicada | Notas |
| :--- | :--- | :--- | :--- |
| Ene 2021 | Eólica/Fotovoltaica | ~3.000 MW | Adjudicación exitosa |
| Oct 2021 | Eólica/Fotovoltaica | ~3.000 MW | Adjudicación exitosa |
| Oct 2022 | Biomasa/Fotovoltaica Local | 177 MW | Parcialmente desierta |
| Nov 2022 | Eólica/Fotovoltaica | 45,5 MW | Casi desierta |
Las subastas de 2021: Éxito inicial
Las convocatorias de enero y octubre de 2021 lograron una alta tasa de éxito. En estos procesos, el MITECO adjudicó cerca de 3.000 MW en cada una, repartidos principalmente entre eólica y fotovoltaica. En este periodo, los precios fueron contenidos, consolidando el papel de las subastas como herramienta para el despliegue de nueva capacidad con precios competitivos.
La inflexión de finales de 2022: ¿Por qué fallaron?
La subasta de noviembre de 2022 resultó casi desierta, adjudicándose únicamente 45,5 MW de eólica terrestre de los 3.300 MW previstos. Este resultado estuvo marcado por un cambio radical en las condiciones de mercado respecto a 2021.
Las causas principales identificadas por los expertos y el propio MITECO fueron:
1. **Inflación y tipos de interés:** El aumento de los costes de capital (WACC) y de los materiales encareció significativamente la ejecución de los proyectos.
2. **Incertidumbre regulatoria y de mercado:** Ante unos precios mayoristas elevados, muchos promotores optaron por acudir directamente al mercado (merchant) o cerrar acuerdos bilaterales de compra de energía (PPA) privados, donde los precios eran superiores a los que el Estado, mediante el mecanismo de reserva de la subasta, estaba dispuesto a pagar.
3. **Precio de reserva:** El MITECO fijó precios máximos de adjudicación que, en el contexto inflacionario de 2022, resultaron insuficientes para garantizar la rentabilidad de las inversiones, lo que llevó a que la mayoría de las ofertas superaran dichos límites.
Conclusión y futuro
El sistema REER demostró ser un instrumento eficaz en un entorno de estabilidad, pero la experiencia de 2022 puso de manifiesto que las subastas no son inmunes a las tensiones de los mercados globales. La transición hacia un modelo con criterios de adjudicación no solo económicos, sino también basados en beneficios socioeconómicos y flexibilidad, se presenta como el próximo paso en la evolución de este marco retributivo, buscando siempre el equilibrio entre el impulso renovable y la protección del consumidor final.